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Portal de Transparencia

Transparencia en el Municipio de Agua Dulce

La información pública es aquella que se encuentra en posesión de los sujetos obligados, con excepción de la que tenga el carácter de confidencial o reservada. El acceso a la información pública es un derecho fundamental por medio del cual toda persona puede tener conocimiento de la información que generan los tres niveles de gobierno.

El estado debe garantizar el derecho de las personas para acceder a la información pública, buscar, obtener y difundir libremente la información en cualquiera de sus manifestaciones (oral, escrita, medios electrónicos o informáticos).

El acceso a la información constituye una herramienta esencial para hacer realidad el principio de transparencia en la gestión pública y mejorar la calidad de la democracia.

Derecho de Acceso a la Información Pública

Preguntas frecuentes

¿Qué es el derecho de acceso a la información?
El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona, en los términos y condiciones que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la Ley General y la Ley 250 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Veracruz, y solo puede clasificarse excepcionalmente como reservada temporalmente por razones de interés público.
¿Qué es la información pública?
Es el bien público contenido en documentos escritos o impresos, en fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital o en cualquier otro medio que esté en posesión de los sujetos obligados y que no haya sido previamente clasificada como de acceso restringido.
¿Tengo que decir para qué quiero la información?
No es necesario acreditar interés legítimo para solicitar y acceder a la información pública.
¿En qué tiempo me entregan la información?
La Unidad de Transparencia responde dentro de los 20 días hábiles siguientes a su recepción, con posibilidad de una prórroga de hasta 10 días más.
¿Se puede acceder a toda la información?
La información es pública en posesión de los sujetos obligados, con excepción de la que tenga el carácter de confidencial o reservada.
¿Quién vigila que se cumpla este derecho?
En Veracruz, la Contraloría General del Estado es la autoridad garante responsable de vigilar el cumplimiento del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales de los sujetos obligados, incluidos los municipios.